Para acercarse a los programas y fondos europeos, puede encontrar más abajo, en el apartado de "descargas relacionadas", una ficha que contiene un resumen sobre las principales de vías de financiación de la Comisión Europea.
Información específica
Entre los fondos comunitarios del presupuesto de la UE revisten un papel muy significativo los denominados recursos estructurales. Estos recursos son los denominados Fondos Estructurales Europeos (FEDER, FSE, FEADER y FEP) y, también, el Fondo de Cohesión.
Tanto los Fondos Estructurales como el Fondo de Cohesión atienden a la finalidad de favorecer un mayor grado de cohesión económica y social en el espacio comunitario a través de la cofinanciación de las políticas de gasto público desarrolladas por los estados-miembros y dirigidas a la consecución de dicho objetivo.
En el caso de los Fondos Estructurales Europeos, en virtud de lo establecido en los artículos 158 y 160 del Tratado de la UE, dicha finalidad se persigue a través de políticas encaminadas a conseguir un mayor equilibrio entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones y territorios que componen la Unión, por lo que su aplicación se inscribe en el ámbito de la política regional.
El Fondo de Cohesión, atiende, por su parte, a la finalidad de favorecer el crecimiento económico y la convergencia real de los estados-miembros de la Unión con un menor nivel de desarrollo intentando garantizar que el crecimiento sea compatible con el mantenimiento de sus equilibrios macroeconómicos y presupuestarios fundamentales.
Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión para el período 2007 - 2013
Para el período 2007-2013, los instrumentos con los que se han de perseguir estos objetivos son los tres instrumentos de cohesión, a saber, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo de Cohesión. A partir del principio de gestión compartida entre la Unión y los Estados miembros y las regiones, este Reglamento establece un proceso de programación renovado, basado en las orientaciones estratégicas comunitarias en materia de cohesión y su seguimiento, así como estándares comunes de gestión financiera, control y evaluación. El sistema de aplicación reformado facilitará una gestión más simple, proporcional y descentralizada de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
En su papel y sus ámbitos de intervención, como es el fomento de las inversiones públicas y privadas que ayuden a reducir los desequilibrios regionales en toda la Unión, el FEDER apoyará programas que aborden el desarrollo regional, el cambio económico, la mejora de la competitividad y la cooperación territorial en toda la UE. Entre las prioridades de financiación estarán la investigación, la innovación, la protección del medio ambiente y la prevención de riesgos, mientras que la inversión en infraestructuras seguirá teniendo un papel importante, especialmente en las regiones menos desarrolladas.
Fondo Social Europeo (FSE)
Se aplicará en consonancia con la estrategia europea de empleo, y se centrará en cuatro ámbitos clave: Aumentar la adaptabilidad de los trabajadores y las empresas; Mejorar el acceso al empleo y la participación en el mercado de trabajo; Reforzar la inclusión social combatiendo la discriminación y facilitando el acceso al mercado de trabajo a las personas desfavorecidas; y promoviendo la asociación para la reforma en los ámbitos del empleo y la inclusión.
El Fondo de Cohesión
Contribuye a las intervenciones en el ámbito del medio ambiente y de las redes de transporte transeuropeas. Se aplica a los Estados miembros con una renta nacional bruta (RNB) inferior al 90 % de la media comunitaria, es decir, los nuevos Estados miembros, más Grecia y Portugal. España podrá optar al Fondo de Cohesión de manera transitoria. En el nuevo periodo, el Fondo contribuirá, junto con el FEDER, a programas de inversión plurianuales gestionados de forma descentralizada, en lugar de estar sujetos a la aprobación individual de cada proyecto por parte de la Comisión.
La Agrupación europea de cooperación transfronteriza (AECT).
La finalidad de este nuevo instrumento jurídico es facilitar la cooperación transfronteriza, transnacional o interregional entre las autoridades regionales y locales. Esta Agrupación estará dotada de personalidad jurídica para la aplicación de programas de cooperación territorial basados en un convenio acordado por las autoridades nacionales, regionales, locales, o públicas de otro tipo, que participen.
En España, la coordinación de la aplicación y gestión de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión recae en el Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos, la cual está encuadrada en la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos. Entre otras, esta Dirección General tiene atribuidas las siguientes competencias y funciones:
* La negociación con la Comisión Europea de los asuntos relacionados con los fondos estructurales europeos, en especial, en lo que se refiere a los objetivos 1 y 2, así como de los asuntos relativos al Fondo de Cohesión.
* La coordinación de las Administraciones territoriales en lo relativo a la programación, seguimiento y evaluación de los fondos estructurales comunitarios y del Fondo de Cohesión, así como la coordinación del resto de Departamentos ministeriales responsables de la gestión de fondos estructurales.
* La elaboración de estudios y coordinación de evaluaciones de programas financiados con fondos estructurales europeos.
* El análisis, selección y seguimiento de los proyectos que deben ser financiados con cargo a los recursos del Fondo de Cohesión, del Fondo de Compensación Interterritorial y del Fondo de TeruelAbre nueva ventana.
* La propuesta de los pagos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión a los beneficiarios finales de los mismos.
Concentrar los instrumentos de cohesión para temas prioritarios
Se dispone una nueva concentración del gasto de cohesión en cuestiones comunes. El ejercicio de selección exige a los Estados miembros que centren la financiación en categorías que se deriven de la estrategia renovada para el crecimiento y el empleo (estrategia de Lisboa). Estas categorías se refieren a temas prioritarios como la investigación y el desarrollo tecnológico, la innovación y el espíritu empresarial, la sociedad de la información, el transporte (para las regiones del objetivo de convergencia), la energía, en especial las fuentes de energía renovables, la protección del medio ambiente y cuestiones relacionadas con la política de recursos humanos y de mercado de trabajo. El gasto que debe reservarse a todo esto es del 60% para las regiones del objetivo de convergencia y del 75% para las regiones del objetivo de competitividad regional y empleo. Las disposiciones correspondientes sólo se aplican a la Europa de los Quince, y no a los nuevos Estados miembros .
Nuevos instrumentos de política regional e ingeniería financiera
Tres nuevos instrumentos de política regional para el período 2007-2013 ayudarán a los Estados miembros y a las regiones a establecer una gestión saneada y eficaz de los fondos y a hacer un mejor uso de los instrumentos de ingeniería financiera. Una cooperación más estrecha entre la Comisión Europea, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y otras instituciones financieras permitirá generar más capacidades en las instituciones nacionales y regionales.
- JASPERS (Joint Assistance in Supporting Projects in European Regions = asistencia conjunta en apoyo de proyectos en regiones europeas) tiene como finalidad desarrollar la cooperación entre la Comisión Europea, el BEI y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo para poner en común sus conocimientos técnicos y ayudar a los Estados miembros y las regiones a preparar proyectos de envergadura;
- JEREMIE (Joint European Resources for Micro to Médium Enterprises = recursos europeos conjuntos para microempresas y pequeñas y medianas empresas) es una iniciativa de la Comisión Europea con el BEI y el Fondo Europeo de Inversiones destinada a incrementar el acceso a la financiación para la creación de microempresas y pequeñas y medianas empresas en las regiones de la Unión Europea;
- JESSICA (Joint European Suppport for Sustainable InvestmentCity Areas = apoyo europeo conjunto para la inversión sostenible en áreas urbanas) es una iniciativa de la Comisión Europea en cooperación con el BEI y el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa para promover la inversión sostenible en áreas urbanas.
Para consultar los fondos de la UE en España, visite el enlace:
http://ec.europa.eu/spain/abc/fondos_ue_en_espana/fondos_ue_espana/index_es.htm